Consorcios: la autoadministración ¿es posible?
Es muy común en la actualidad, oír que los vecinos en edificios de propiedad horizontal, están cansados de no contar con una gestión fiable de administración de consorcios. Por ello, ante el desborde de deudas, arreglos sin hacer que muchas veces datan de muchos años, o simplemente que evidencian un mal manejo de los fondos, toman la decisión de “AUTOADMINISTRARSE”. Tarea nada sencilla para un propietario, o un grupo de propietarios que deciden hacer lo mejor para su consorcio, buscando cuidar el patrimonio de todos los consorcistas con una gestión transparente además de tratar de bajar los costos. A todo ello, el deber de tener que cumplir con todas las funciones y facultades de un administrador, sea en la ubicación que se encuentre el consorcio, tanto en Capital Federal como en Provincia de Buenos Aires, o el resto del país.
Los administradores “voluntarios”, son estos vecinos que deciden hacerse cargo del edificio, aunque deben estar inscriptos en el Registro Público de Administradores de consorcios, para el caso de la Ciudad de Buenos Aires. En Capital Federal, el vecino voluntario, debe cumplir con las mismas responsabilidades que tiene un administrador llamado “externo” frente a las leyes vigentes. En otras provincias esta formalidad no existe, aunque sí se deben tomar otros recaudos legales que comúnmente se ignoran, que luego traen consecuencias jurídicas.
El desconocimiento de estas normas y de otras tantas, son errores comunes que suelen incurrir muchos administradores voluntarios, ya que ser un administrador ad honorem (es decir, que no percibe remuneración por su tarea) o por el solo echo de administrar el edificio donde vive, no está exento de muchas exigencias que existen en la actualidad para todo tipo de consorcios, ya sea complejo, torre, barrio privado, etc.
Todo administrador, es igualmente responsable ante la ley por su accionar. Control de las cargas sociales, fachada, llevar de forma correcta los libros obligatorios, liquidar expensas de manera correcta, llamar a asamblea cuando es legalmente necesario, cumplir con el Reglamento de Propiedad, llevar a delante las gestiones correspondientes por las deudas de expensas, etc… sin importar bajo que condición administre.
Autoadministrarse es posible, con la asistencia legal correspondiente.
Por eso nuestro estudio brinda un servicio totalmente innovador, exclusivo e integral, a los fines de llevar tranquilidad al consorcio en un todo. La gestión del administrador copropietario será totalmente transparente con nuestra asesoría.
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